| TuCesión.com | TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO |
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TUCESIÓN
1. Términos y Condiciones de Uso
TuCesion.com: plataforma de cesiones inmobiliarias y cesiones fiduciarias
1. Identificación del operador
TuCesion.com es una marca y plataforma operada por MUV.ART S.A.S. (“TuCesión”), sociedad domiciliada en Bogotá D.C., Colombia.
| Marca / Brand | TuCesion.com / TuCesión |
|---|---|
| Operador / Operator | MUV.ART S.A.S. |
| NIT | 901.427.146-9 |
| Domicilio / Domicile | Bogotá D.C., Colombia |
| Dirección / Address | Cra 100b No. 77B - 06 |
| Correo / Email | contacto@tucesion.com |
| Teléfono / Phone | +57 305 4270997 |
Para efectos de comercio electrónico y protección al consumidor, TuCesión deberá mantener visibles y actualizados en el sitio su razón social, NIT, dirección de notificación judicial, teléfono, correo electrónico y demás datos exigibles.
2. Objeto y aceptación
Estos Términos regulan el acceso y uso de TuCesion.com y los servicios mediante los cuales los usuarios pueden explorar, publicar, comparar y gestionar oportunidades de cesión asociadas a proyectos inmobiliarios en Colombia.
La aceptación de obligaciones contractuales relevantes se realizará mediante mecanismos electrónicos que permitan conservar evidencia de la versión aceptada, fecha, hora y cuenta o medio utilizado. La mera navegación por contenidos públicos no se entenderá como renuncia a derechos legales del usuario.
Cuando exista un Contrato de Corretaje/Intermediación, acuerdo de exclusividad, autorización de tratamiento, política o documento específico, dicho instrumento complementará estos Términos y prevalecerá sobre ellos respecto del asunto particular que regule, salvo normas imperativas.
3. Marco jurídico colombiano
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Código de Comercio (Decreto 410 de 1971), especialmente las reglas sobre cesión de contratos (artículos 887 y siguientes) y corretaje (artículos 1340 y siguientes), cuando resulten aplicables.
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Código Civil Colombiano y reglas generales de obligaciones y contratos aplicables al negocio subyacente.
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Ley 527 de 1999 sobre mensajes de datos y comercio electrónico.
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Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y Ley 2439 de 2024, cuando exista una relación de consumo o prestación electrónica.
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Ley 1581 de 2012 y Decreto 1074 de 2015 sobre protección de datos personales.
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Ley 2220 de 2022 (Estatuto de Conciliación).
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Normas sobre fiducia mercantil, protección al consumidor financiero y regulación de las sociedades fiduciarias, únicamente en cuanto sean relevantes para el contrato fiduciario subyacente; TuCesión no sustituye a la fiduciaria ni asume sus obligaciones.
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Demás normas colombianas imperativas aplicables según la estructura de cada operación.
4. Definiciones
| Término | Definición |
|---|---|
| Plataforma | tucesion.com y los canales digitales administrados por TuCesión. |
| Usuario | persona natural mayor de edad o persona jurídica que navega, se registra o contrata servicios de TuCesión. |
| Cedente | titular de una posición contractual, derecho fiduciario u otro derecho asociado a un proyecto inmobiliario que busca transferirlo, o su representante debidamente autorizado. |
| Cesionario o Comprador | persona interesada en asumir o adquirir la posición o derecho objeto de una cesión. El uso comercial del término “inversionista” no implica que TuCesión preste asesoría de inversión o servicios financieros. |
| Cesión | negocio jurídico por el cual se transfiere una posición contractual, un derecho fiduciario u otro derecho relacionado con un proyecto inmobiliario, sujeto a la ley y al contrato subyacente. |
| Publicación | ficha o anuncio de una oportunidad dentro de la Plataforma. |
| Corretaje/Intermediación | servicio mediante el cual TuCesión pone en relación a potenciales partes para que evalúen o celebren un negocio, sin representar a una de ellas salvo pacto escrito distinto. |
| Comisión de éxito | remuneración por el servicio de corretaje/intermediación, causada en los eventos y condiciones definidos en el contrato específico. |
| Entidad del proyecto | constructora, promotora, sociedad fiduciaria, patrimonio autónomo o tercero cuya participación o aprobación sea relevante para la cesión. |
| Periodo de protección | periodo pactado en el contrato de corretaje durante el cual una operación con un contacto originado por TuCesión puede generar la comisión acordada. |
5. Naturaleza y límites del servicio
5.1. Plataforma e intermediación
TuCesión facilita la publicación, organización de información, contacto y, cuando se contrate, el corretaje o acompañamiento comercial de oportunidades de cesión. TuCesión no adquiere por ese hecho los derechos publicados ni se convierte en parte de la cesión entre Cedente y Cesionario.
5.2. No transferencia de propiedad inmobiliaria
Una cesión de posición contractual o de derechos fiduciarios no equivale por sí misma a la transferencia del dominio de un inmueble. La adquisición del dominio, cuando corresponda, requiere los actos y formalidades que resulten aplicables, incluida la escritura pública y el registro cuando sea el caso.
5.3. No entidad fiduciaria ni financiera
TuCesión no actúa como sociedad fiduciaria, establecimiento de crédito, comisionista de bolsa, administrador de fondos ni asesor financiero. Las obligaciones de una fiduciaria, constructora o promotora se determinan por la ley y por el contrato de cada proyecto.
5.4. Apoyo jurídico y documental
TuCesión puede facilitar listas de chequeo, revisión documental inicial, coordinación o acceso a profesionales. Salvo que exista un contrato independiente con un abogado, estas actividades no constituyen representación judicial ni reemplazan la asesoría jurídica individual de las partes.
6. Registro, elegibilidad y cuenta
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El usuario debe ser mayor de dieciocho (18) años o actuar válidamente en nombre de una persona jurídica.
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La información de registro debe ser veraz, completa, actualizada y verificable.
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Las credenciales son personales y el usuario debe protegerlas y reportar accesos no autorizados.
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TuCesión podrá aplicar verificaciones proporcionales al riesgo antes de habilitar ciertas funciones o compartir información reservada.
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TuCesión podrá suspender cuentas ante fraude, suplantación, incumplimiento, riesgo de seguridad o requerimiento de autoridad, respetando los derechos que correspondan.
7. Publicaciones y documentación
El Cedente debe identificar correctamente la naturaleza jurídica de lo que pretende ceder y aportar la documentación necesaria para demostrar su relación con el proyecto. TuCesión podrá solicitar correcciones, documentos adicionales o retirar información que sea manifiestamente inconsistente, ilícita, engañosa o que vulnere derechos de terceros.
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La publicación debe diferenciar entre precio original, valores efectivamente pagados, saldo pendiente, valor solicitado por la cesión, gastos de cesión y demás cifras relevantes.
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Cualquier descuento, ganancia potencial, valorización o comparación con precio de sala de ventas debe presentarse con su fecha de referencia y sin garantizar retornos.
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Las imágenes, planos, marcas y materiales de terceros deben usarse con autorización o bajo una base jurídica válida.
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Los documentos con datos personales deben ser minimizados o redactados antes de su exposición pública.
8. Obligaciones del Cedente
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Ser titular legítimo del derecho o posición ofrecida, o acreditar facultades suficientes para actuar por el titular.
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Revisar el contrato subyacente y revelar restricciones, condiciones, autorizaciones, sanciones o costos asociados a la cesión.
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Entregar información veraz, completa, comprobable y actualizada.
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Informar pagos pendientes, mora, modificaciones contractuales, prórrogas, desistimientos, embargos, litigios o contingencias conocidas que puedan afectar la operación.
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Aportar documentos razonablemente requeridos para la debida diligencia y formalización.
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Informar si la cesión requiere aceptación de constructora, fiduciaria, promotora u otra contraparte contractual.
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Pagar la comisión u otros valores pactados con TuCesión en el contrato específico cuando se causen.
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No utilizar la Plataforma para fraude, captación no autorizada, lavado de activos, financiación del terrorismo u otras actividades ilícitas.
9. Obligaciones del Cesionario o Comprador
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Realizar su propia debida diligencia jurídica, financiera, técnica y comercial antes de vincularse.
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Revisar el contrato subyacente, la situación del proyecto y las condiciones de la cesión.
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Confirmar directamente, cuando sea necesario, la información relevante con la entidad del proyecto.
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Acreditar capacidad de pago o documentación financiera cuando sea una condición objetiva del proyecto o de la negociación.
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Proteger la información confidencial y los datos personales recibidos.
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Cumplir las obligaciones de comisión o servicio que haya aceptado por escrito.
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No usar la información obtenida para suplantar, defraudar, acosar, extraer masivamente datos o realizar actividades ilícitas.
10. Aprobaciones de constructora o fiduciaria
La posibilidad de ceder y los requisitos para hacerlo dependen del contrato específico. La operación puede requerir autorización, aceptación, validación, estudio de conocimiento del cliente, pago de una tarifa, suscripción de formatos o cumplimiento de condiciones definidas por la constructora, promotora o fiduciaria.
TuCesión no garantiza que la entidad del proyecto apruebe una cesión. Si la aprobación es condición del negocio, las partes deberán tratarla como condición previa a la formalización o al pago definitivo, según corresponda.
11. Verificaciones y debida diligencia
TuCesión podrá realizar verificaciones de identidad, documentación y consistencia para reducir riesgo y ordenar el proceso. Cualquier sello, estado de “verificado” o revisión interna describe únicamente el alcance efectivamente ejecutado y no constituye certificación de autenticidad absoluta, solvencia, viabilidad jurídica, rentabilidad, aprobación futura de la cesión ni garantía del proyecto.
12. Corretaje, comisión y facturación
Cuando TuCesión preste un servicio de corretaje/intermediación remunerado, sus condiciones económicas se definirán en un Contrato de Corretaje/Intermediación aceptado por la parte obligada al pago.
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Pagador(es): CEDENTE
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Comisión o fórmula: PORCENTAJE
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Momento de causación: FIRMA DE CESIÓN
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Impuestos y facturación: se adicionarán o discriminarán conforme a la ley tributaria aplicable.
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La publicación gratuita, si se ofrece, no elimina una comisión de éxito expresamente pactada para el servicio de corretaje.
TuCesión no podrá exigir una comisión que no haya sido informada y aceptada por quien resulte obligado a pagarla.
13. Protección de la comisión y no elusión
Las partes podrán pactar en el Contrato de Corretaje una obligación de no eludir la intermediación respecto de contactos u oportunidades presentadas por TuCesión. Esa obligación deberá ser clara, proporcional, trazable y limitada a la operación identificada y al periodo pactado.
Periodo de protección sugerido para discusión: 1 MES
Si una operación se concreta con un contacto presentado por TuCesión dentro del periodo pactado, la comisión podrá ser exigible conforme al contrato. Cualquier cláusula penal por incumplimiento deberá constar expresamente en el contrato específico, respetar los límites legales y no generar un desequilibrio injustificado frente a un consumidor.
La sola existencia de contacto entre usuarios no permitirá presumir de manera irrefutable un fraude o una operación; TuCesión conservará evidencia razonable del origen del contacto y del servicio efectivamente prestado.
14. Exclusividad
La exclusividad no se presume. Solo existirá cuando el Cedente la acepte expresamente en un Contrato de Corretaje/Intermediación que indique su duración, alcance, canales permitidos, consecuencias del incumplimiento y reglas de terminación.
Modalidad propuesta: EXCLUSIVA.
15. Pagos y manejo de recursos
Salvo que se informe y contrate expresamente otra estructura jurídicamente habilitada, TuCesión no recibe, custodia ni administra recursos destinados al precio de la cesión, cuota inicial del proyecto o pagos a la fiduciaria/constructora. Los pagos entre Cedente, Cesionario y entidades del proyecto se realizarán por canales verificables definidos por las partes y el contrato subyacente.
16. Comunicaciones y evidencia electrónica
Los usuarios aceptan el uso de mensajes de datos para comunicaciones relacionadas con el servicio. TuCesión podrá conservar registros técnicos y documentales razonablemente necesarios para demostrar aceptaciones, instrucciones, presentaciones de contactos, cambios de estado y actuaciones relevantes, conforme a la Ley 527 de 1999 y la Política de Privacidad.
17. Conductas prohibidas
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Publicar derechos inexistentes, falsos o que el usuario no esté autorizado a ofrecer.
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Ocultar contingencias materiales o alterar soportes.
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Suplantar personas o entidades.
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Usar datos personales fuera del propósito permitido o compartirlos sin autorización.
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Realizar scraping, automatización abusiva, ingeniería inversa o extracción masiva no autorizada.
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Cargar malware, interferir con la seguridad o intentar accesos no autorizados.
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Usar la Plataforma para actividades ilícitas, captación no autorizada o esquemas fraudulentos.
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Presentar información promocional engañosa sobre rentabilidad, valorización, urgencia o disponibilidad.
18. Propiedad intelectual y licencia sobre contenidos
Los elementos propios de TuCesión, incluidos la marca, el diseño, los textos, el software y los materiales originales, están protegidos por las normas de propiedad intelectual. El usuario conserva los derechos que tenga sobre el contenido que aporta, pero concede a TuCesión una licencia limitada, no exclusiva y revocable en los términos necesarios para alojar, adaptar técnicamente y mostrar la publicación durante su vigencia.
El usuario garantiza que cuenta con facultades para aportar el contenido y responderá por reclamaciones derivadas de una infracción atribuible a material suministrado por él.
19. Protección de datos
El tratamiento de datos personales se rige por la Política de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales de TuCesión. El uso de documentos contractuales o de datos de terceros deberá respetar los principios de finalidad, necesidad, acceso restringido y confidencialidad.
20. Derechos del consumidor y PQR
Nada en estos Términos limita los derechos irrenunciables de los consumidores previstos por la legislación colombiana. Cuando TuCesión actúe como proveedor de un servicio electrónico sujeto al Estatuto del Consumidor, suministrará información clara sobre el servicio, precios, identidad del proveedor y mecanismos para radicar y hacer seguimiento a peticiones, quejas y reclamos.
Canal PQR: contacto@tucesion.com
Los derechos de retracto, reversión de pago u otros mecanismos del Estatuto del Consumidor se aplicarán cuando concurran sus presupuestos legales y no exista una excepción válida.
21. Disponibilidad y cambios del servicio
TuCesión procurará la continuidad razonable del servicio, pero puede realizar mantenimientos, actualizaciones o cambios necesarios. Las interrupciones no excluyen responsabilidades que por ley no puedan limitarse. Los cambios que afecten materialmente derechos u obligaciones serán informados con una antelación razonable cuando corresponda.
22. Responsabilidad
TuCesión responde por sus propias obligaciones y por los deberes que la ley le imponga como proveedor o intermediario. Sin embargo, no controla decisiones de constructoras, fiduciarias, entidades financieras ni la conducta independiente de los usuarios.
En particular, TuCesión no garantiza: (i) la aprobación de una cesión por terceros; (ii) la valorización o rentabilidad de un proyecto; (iii) la solvencia de un usuario; (iv) la finalización de la construcción; o (v) la inexistencia de riesgos que deban ser identificados mediante debida diligencia.
Ninguna exclusión de responsabilidad se interpretará como renuncia a garantías o derechos que sean irrenunciables bajo la ley colombiana.
23. Suspensión, terminación y retiro de publicaciones
Un Cedente podrá solicitar el retiro de una publicación, sujeto a las obligaciones vigentes de un contrato de corretaje o exclusividad. La terminación de una cuenta no extingue obligaciones ya causadas ni derechos de las partes derivados de operaciones o acuerdos anteriores.
TuCesión podrá suspender o retirar contenido ante riesgos de fraude, seguridad, ilegalidad, infracción de derechos, información engañosa o incumplimiento, documentando razonablemente la decisión.
24. Modificaciones de estos Términos
TuCesión podrá modificar estos Términos por cambios legales, tecnológicos, operativos o del modelo de servicio. Los cambios materiales serán comunicados por medios razonables. Si un cambio exige nueva aceptación, no se aplicará al usuario hasta que dicha aceptación se obtenga, salvo que la ley disponga otra cosa.
25. Solución de controversias y ley aplicable
Estos Términos se rigen por la ley colombiana. Las partes procurarán resolver directamente las controversias relacionadas con el servicio de TuCesión. Podrán acudir a conciliación conforme a la Ley 2220 de 2022 cuando la materia sea conciliable.
Si no se alcanza un acuerdo, la controversia será conocida por la autoridad o juez competente conforme a las reglas colombianas de jurisdicción y competencia. Cuando exista una relación de consumo, no se impondrá al consumidor una renuncia anticipada a los fueros o mecanismos de protección que la ley le reconozca.
26. Idioma
La versión oficial y jurídicamente prevalente de estos Términos es la versión en español. Cualquier traducción se ofrece para facilitar su comprensión.
27. Vigencia y contacto
Fecha propuesta de entrada en vigencia: 14 de septiembre de 2026.
Contacto legal y PQR: contacto@tucesion.com
Sitio web: tucesion.com
tucesion.com | contacto@tucesion.com | Bogotá D.C., Colombia
